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policiales | El debate que dejo el caso Crespo
¿El crimen es menos grave por culpa de la víctima?
La sentencia contra el contador que mató a su esposa dejó planteado un interrogante que también se produjo con el odontólogo Barreda. Opinan un psiquiatra y una dirigente feminista. Los últimos casos
 
 
“Las circunstancias que aquejaron a Crespo y que a la postre lo llevaron a cometer el desgraciado suceso, se enmarcan en el contexto de la normativa sub estudio. Acerca de si son susceptibles de ser aplicadas las circunstancias extraordinarias de atenuación en las condiciones jurídico objetivas de este caso, me pronuncio por la afirmativa”.
Estas palabras pertenecen al juez Emir Caputo Tártara y es la llave que habilitó al contador Leonardo Rafael Crespo a recibir una pena atenuada, de 22 años de prisión, por matar a su esposa, Analía Escamochero. También, las que abren la puerta de la polémica.
El debate se instaló en la ciudad en los últimos días, a la par de la repercusión de este caso, uno de los más discutidos y comentados por los platenses de los últimos años, comparable al del odontólogo Ricardo Barreda y al del visitador médico Agustín Arrién.
¿La infidelidad despampanante de Escamochero, el matrimonio desgastado, son atenuantes para juzgar la conducta criminal de su marido? Si bien no lo dijeron explícitamente, Caputo Tártara y su colega, Gloria Berzosa, lo entendieron así. Contrariamente, a la hora de decidir esta cuestión en la sentencia, el tercer miembro, Juan Carlos Bruni, señaló que la alevosía con la que Crespo cometió el asesinato era de tal magnitud y premeditación que cualquier atenuación quedaba subsumida en ellas.
“Es un estímulo”
Para el psiquiatra forense Juan Akimenco, en los casos de homicidio de un cónyuge “hay que tener en cuenta que son dos los protagonistas: la víctima y el victimario”.
Aclarando que no conocía este caso en particular y que sólo podía opinar en general, Akimenco le dijo a Trama Urbana que “la infidelidad es un estímulo para producir un hecho violento. Es algo que se sopesa en un juicio”.
El especialista agregó que, precisamente, en los últimos años, los juicios orales han cambiado la interpretación que hacían los magistrados sobre el tema. “Antes, en los juicios escritos, era distinto. Supongamos un caso, que existió: la mujer está embarazada de otro hombre, el marido se entera y la mata, le pone un velador en la bañadera y la electrocuta. Antes, eso, era perpetua. Hoy, si lo llevás a un juicio oral, por ahí le dan 14 o 22 años”.
Akimenco señaló que esto cambió ya que “al hacerse un estudio de la víctima, al reconstruirse con los testigos qué es lo que ha pasado (dentro de un matrimo- nio), se tiene otro panorama”.
”Justifica el femicidio”
Lejos de la psiquiatría, distinta es la posición de las agrupaciones que defienden los derechos de la mujer.
Por allí, la polémica es más fuerte, y encarrila con las discusiones de café y en las charlas de oficina -mujeres versus hombres, feministas versus machistas- que se dieron en la última semana.
Para Gabriela Barcaglioni, del grupo platense Las Azucenas, el sólo tratamiento en el juicio oral de las infidelidades de Escamochero representó “fijar toda la mirada en la víctima y no en el victimario”.
“Tanto los medios como la Justicia tomaron en este caso un mismo enfoque, que fue hablar de los amantes
de Escamochero. Nunca se tomó a
estudio el patrón de conducta de
Crespo, por ejemplo”, criticó la integrante del grupo, que hace unos años encuadró al caso Escamochero y al de la médica platense Adriana Rodríguez en la figura del “femicidio”.
Sobre la aplicación de las “circunstancias extraordinarias de atenuación” realizada por el Tribunal IV a raíz de la infidelidad de la víctima, Barcaglioni criticó: “Esto justifica el femicidio”.
“Los femicidios responden a lo que llamamos un disciplinamiento extremo. Es decir, le están diciendo a las mujeres: ‘no engañes a tu marido porque te puede pasar lo mismo’”, consideró.
Apuntó igualmente, que considera que el fallo “está dentro de la ley”, pero “hay que ver desde qué cultura patriarcal se aplica la ley”.

“Una ofensa, un ataque a la honra”

En su voto, Caputo Tártara citó a Matías Bailone, que escribió un artículo sobre las circunstancias extraordinarias de atenuación.
El jurista citado dice que para la aplicación de esta figura “debe mediar un hecho de significación material que exprese una voluntad injuriosa u ofensiva, realizado sin derecho por la futura víctima, debe tratarse de una ofensa ilegítima, un hecho provocador ilegítimo”.
Al abundar sobre cómo pueden ser ese tipo de hechos, Bailone señala que “debe ser sin derecho, tener suficiente entidad y ser un ataque a la honra. Dicho ataque puede ser dirigido intencionalmente por la víctima o no, pero debe ser eficaz. Es decir, con entidad suficiente que afecte al ofendido”.
“Además -apunta Bailone- debe ser afrentoso y puede serlo de la más variada forma. Basta que objetivamente materialice en una voluntad afrentosa, aunque no constituya propiamente un delito contra la honra o el honor”.
El autor señala que los requisitos de atenuación pueden ser positivos o negativos. Los primeros son cuatro: la necesidad de un acontecimiento, que sea un hecho extraordinario que incluso trascienda al victimario, que actúe subjetivamente y sea la causa de la muerte, y que la entidad de la causa, por su naturaleza, disminuya la culpabilidad del autor. En cuanto a los negativos, señala que exige que no exista emoción violenta en el homicidio. Así fue, con Crespo.

“Hay una relación patológica”

Tanto en el caso Barreda como en el caso Crespo, la pregunta que todos se hicieron es: ¿por qué no se separó en lugar de matarlos? Cuando el privilegio del vínculo los lleva a la locura homicida

Uno de los interrogantes que se plantean en la discusión del caso Crespo -igual que el de Barreda- es: ¿por qué no se divorciaron? ¿Por qué devino la violencia homicida? Para el psiquiatra forense Juan Akimenco, en este tipo de casos ocurre que “no se rompe el vínculo porque entre ellos hay una relación patológica. Lo lógico, lo normal, es cambiar de pareja, se-pararse”. Distinto es el caso si ocurrió la separación y después sucede el homicidio. Para Aki-menco no jugarían los atenuantes extraordinarios. Nadie puede hablar de la infidelidad como motivo. “Si uno de los dos queda enganchado, y después mata al otro, ahí sí, le dan (al o a la homicida) perpetua seguro”, apunta el especialista.
El psiquiatra trazó otro panorama respecto a infidelidades y crímenes entre conyúgues: el descubrimiento de la infidelidad in flagranti. “Por ahí si el hombre la descubre en la cama con otro, tiene una reacción violenta. Bueno, eso se valora de otra forma: es una reacción, un impulso. Y, andá a saber, le dan 4 años”. En este último caso, podría aplicarse la figura de la emoción violenta, otro tipo de atenuante.
Comentarios (4) | Calificar la nota: (1 votos)
 
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2008-03-27 20:16:00
por que un politico platense que su apellido comienza con A y termina con OFF esta tan interezado en que Crespo este preso ...y ... ver a toda la flia. Crespo sufriendo ...por que ??? alguien se lo Pregunto , quiza la flia. escamochero lo sabe, bueno otros mas tambien, hay argentina generosa.
2008-03-27 20:22:29
LA INFIDELIDAD SE CONSIDERO UN ATENUENTE – CONDENARON A CRESPO * Cuando hablan de María Magdalena, hacer mención de Mateo 7 – versículo 1 acerca de no juzgar. En el debate a Crespo se le demostró que tenía desde el punto de vista criminológico, causales para matar, pero el Tribunal no demostró que el acto lo hubiera realizado Crespo. Para lo cual a todos los que juzgan a Crespo, les digo que a Crespo lo juzgaron por las causales para matar y no por haber matado propiamente dicho. Los que escriben en la portada evidentemente no sacan cuentas: si la víctima estuvo hasta las 13.30 regando, los jardineros hasta las 14 hs esperando ser atendidos y antes de irse escuchan un grito del interior de la vivienda; supuestamente a las 13.55, como Crespo estaba hablando desde La Plata a las 13.48 hs y a la vez matando 13.55 en Gonnet. No sean ilusos; dejen de pegarle a los Crespo; informense bien antes de opinar. Crespo es inocente y lo demostró ante el Tribunal.
2008-03-31 20:17:05
el tercer miembro BRUNI ...no es hijo de un político??????????, su padre no es amigo y comparte la misma linea politica que A-----------------OFF???????????-investiguen, los jueces hacen acuerdos? negocian , digo :corupción , lealtad por precio?
2008-04-01 12:57:25
el tercer miembro----bruni---es hijo de un político ...que casualidad de la misma linea y amigo de A-------------off, otro político que está muy interesado en que Crespo esté preso , esto como se llama corrupción? no, no quiero pensarlo , que queda para nuestros hijos, que respaldo legal podemos tener en nuestro país?.investiguen.
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