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| Interés General | |
En Mendoza, los menores no podrán crear grupos en Facebook
Un juez mendocino determinó el "cese de los grupos creados o por crearse" por menores de 18 años.El recurso de amparo había sido presentado por la ONG Protectora.
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Un nuevo capítulo se escribió ayer en la ya remanida historia de las "rateadas menducas". Esta vez la Justicia dio su veredicto y fue bastante contundente: ordenó a Facebook el "cese de los grupos creados o a crearse" por menores de edad, en los que se promueva la polémica sincola. Pero el dictamen va más allá del ámbito educativo y también le exige desactivar todas las iniciativas que los chicos armen en su plataforma virtual y que puedan significar un daño para ellos o para terceros. El fallo firmado por el juez mendocino Alfredo Dantiacq Sánchez sería el primer caso en el país donde la Justicia marca restricciones en el manejo de las redes sociales. Sin embargo, el texto judicial aclara que sólo tiene injerencia en los contenidos que sean enviados o recibidos por menores que se encuentren en la provincia de Mendoza. El dictamen del 2º Juzgado Civil y Comercial hizo lugar a una acción de amparo colectiva, que el viernes pasado presentó Protectora, una asociación local que defiende al consumidor. El magistrado Dantiacq Sánchez aceptó la medida precautoria y ordenó a Facebook Inc. el cese inmediato de los perfiles grupales que promueven la "rateada". "Estamos viajando mañana o pasado (por hoy o mañana) a Buenos Aires para notificar a la empresa", apuntó Mario Vadillo, miembro de la organización y patrocinante de la acción legal. Pese a que la presentación sólo contenía la declaración testimonial de tres familias, Vadillo explicó que recibieron en su oficina varios reclamos de padres preocupados por el alcance que pudieran tener estas convocatorias a faltar a clases, que ya han trascendido los límites de la provincia y el país. "Hicimos una pequeña investigación en base a las denuncias y vimos que la empresa estaba incumpliendo ciertas leyes, en cuanto reviste peligros para la salud o integridad de sus usuarios. No pueden haber muros que publiciten golpear a los pelirrojos o exponer que 3.000 chicos estén en la calle, expuestos al peligro, en lugar de la escuela", argumentó Vadillo. En esta línea, también actuó el pedido del Inadi, gracias al cual días atrás Facebook dio de baja a un grupo creado para burlarse y acosar a una niña de 10 años. Las normativas en las que se basó el alegato de la ONG es el incumplimiento principalmente del artículo 5 de la ley N°24.240 de Defensa del Consumidor y en el artículo 42 de la Constitución Nacional. Más control Respecto a la posibilidad real de limitar el alcance de las redes virtuales, el abogado sostuvo "Facebook no es inocente. Si puede incluir estrategias de publicidad en los sitios que manejan los chicos de esta franja etárea (viajes a Orlando Disney, camas cuchetas, jet sky), es porque existe un control del contenido y de la información que los usuarios ingresan en su software. El mismo control pueden usar para limitarlos". En este sentido, el fallo solicita a la firma que haga efectivo este control según lo manifestado en su propia política de privacidad. Dantiacq, un juez no muy conocido en el ambiente local, aprobó sólo parte de la presentación de Protectora. A lo que no hizo lugar el magistrado fue al pedido de publicar esta medida judicial innovadora en diarios locales y en dos de tirada nacional. La intención, según explicó Vadillo, era "bajar un poco la conmoción y preocupación social que han despertado estas convocatorias a faltar a la escuela". No es la primera vez que la asociación Protectora -formada en 1994 con la finalidad de defender a los consumidores- propicia fallos polémicos de la Justicia. El año pasado, logró -de manos del juez Walter Bento- que unos 34 mil clientes de Ecogas en Mendoza, con consumos superiores a cierto nivel, no pagaran los aumentos de sus boletas en base al decreto 2067/08. También impusieron un amparo en contra de los aumentos de la luz en el 2009.
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Resultado Parcial |
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Goles: ST 6' Cabrera (G); ST 9' Caneo (Q) |
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